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| Semanario El Veraz | San Juan, Puerto Rico | |
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Parte IX

Human Rights Watch

Juicios sumarios

Cuando las personas detenidas por razones políticas son sometidas a juicios, se trata casi sistemáticamente de procedimientos sumarios que violan su derecho a un juicio justo. Si bien la ley cubana contempla las sentencias sumarias, estos procedimientos sólo deberían aplicarse en “circunstancias excepcionales”.

No obstante, varias decenas de casos analizados por Human Rights Watch sugieren que, en los casos de naturaleza política, los juicios sumarísimos son la regla y no la excepción.

Casi todos los ex presos y familiares de actuales presos políticos entrevistados para la elaboración de este informe afirmaron que los juicios de disidentes duraban menos de una hora, y la mayoría se extendía entre 10 y 30 minutos.

Los juicios sumarios reducen el tiempo disponible para interrogar a los testigos, analizar las pruebas y preparar una defensa integral. También exacerban las desigualdades generadas en la fase preparatoria del juicio, durante la cual los fiscales tienen pleno acceso al acusado, se les informan los cargos en contra de este y pueden analizar las pruebas, mientras que se niega a los abogados defensores la mayoría, cuando no la totalidad, de estos datos.

Alexander Santos Hernández, un activista político de Holguín, describió la rapidez con que se concretó su detención y posterior condena en julio de 2006 de la siguiente manera, “Me sacaron a las 5:50am mientras dormía, y a las 8:30am ya me estaban dictando la sentencia.

De allí a calabozos de Holguín y directo a la prisión de Holguín”. Víctor Yunier Fernández Martínez, quien pertenecía a un grupo político no autorizado en favor de la democracia y los derechos humanos, fue juzgado por “peligrosidad” en 2006.

Señaló que su juicio duró menos de diez minutos. El procedimiento consistió en la lectura, por parte del fiscal, de su acusación y la aceptación, por el juez, de la recomendación de que se impusiera una condena de tres años de prisión. Según Fernández, el juez no le permitió hablar durante el procedimiento, ningún testigo declaró en su contra y su abogado, a quien conoció por primera vez minutos antes del juicio, no hizo esfuerzo alguno por defenderlo.

Juicios a puertas cerradas

El acceso a los juicios de quienes son acusados por razones políticas se encuentra sumamente restringido, lo cual vulnera su derecho a un juicio público.

La Ley de Procedimiento Penal concede a los jueces amplias facultades para determinar, en cualquier instancia, que el juicio se celebre a puertas cerradas por razones de seguridad, moralidad u orden público.

Cada una de estas razones, si se interpreta de manera restrictiva, puede constituir una justificación legítima para excluir al público de los juicios en determinadas circunstancias. Sin embargo, la implementación sistemática y generalizada de juicios a puertas cerradas por parte del poder judicial de Cuba parece tener como único propósito impedir la transparencia y ocultar la violación de los derechos básicos de debido proceso.

La ley impide que cualquier persona vinculada con el acusado, excepto su abogado, asista al juicio cuando este se celebra a puertas cerrada.

Aun cuando los juicios no se celebran oficialmente a puertas cerradas, las autoridades incumplen sistemáticamente la obligación de informar a los familiares de las personas detenidas por razones políticas acerca del juicio, o les transmiten deliberadamente información falsa sobre la fecha y el lugar en que este se celebrará. En otros casos, las autoridades notifican a los familiares con muy poca antelación al juicio, de modo tal que les resulte imposible asistir.

Estas tácticas han tenido, como efecto, la creación de juicios cerrados de facto, aun cuando los jueces no imponen esta modalidad oficialmente. Se impide sistemáticamente que los observadores independientes, incluidos defensores de derechos humanos y periodistas, puedan asistir a las audiencias.

El 31 de agosto de 2008, Niover García Fournier se enteró por medio de amigos que su hermano, el activista político Yordis García Fournier, había sido detenido. Niover se dirigió directamente a la delegación de policía, donde se le informó que Yordis sería multado y liberado al día siguiente, sin ofrecer mayores detalles. Cuando Niover regresó al día siguiente, la policía le indicó que el fiscal había decidido rever el caso de Yordis y posiblemente formular cargos penales. Niover regresó a la delegación en varias oportunidades, pero las autoridades se negaron a proporcionarle más información sobre la situación jurídica de su hermano. El 3 de septiembre de 2008, la policía informó a Niover que el fiscal del estado había decidido juzgar a su hermano por desacato. Niover se acercó inmediatamente hasta la fiscalía, donde le informaron que su hermano sería sometido a juicio ese mismo día. Para cuando Niover llegó al tribunal, su hermano ya había sido condenado a un año de prisión en una audiencia de menos de una hora de duración.

El estado no había notificado a ninguno de los familiares de Yordis sobre el juicio. Sus
familiares ni siquiera sabían la razón por la cual había sido arrestado.

Ana Margarita Perdigón Brito señaló que decenas de vecinos, familiares, defensores de derechos humanos y activistas políticos intentaron estar presentes durante el juicio de su hermano Raymundo en diciembre de 2006. Sin embargo, los agentes de seguridad no permitieron que ninguno de ellos asistiera al juicio. Raymundo, que es periodista, había sido acusado de “peligrosidad”. Fue condenado en el marco de un juicio a puertas cerradas al cual sólo pudieron asistir sus familiares directos.

Ciudadanos cubanos de distintas provincias informaron a Human Rights Watch que las autoridades a menudo detienen a los críticos del gobierno para impedirles que asistan a los juicios de otros disidentes. Según Rodolfo Bartelemí Coba, un defensor de derechos humanos de Guantánamo:

Cada vez que estos juicios van a aplicarse, la seguridad del Estado toma medidas de detenernos [a los opositores del gobierno], o ponernos personas y prohibirnos salir de nuestras casas [para no estar presentes en los juicios].

A veces nos han dicho “no puedes salir hasta las 4 de la tarde de tu casa”, y te ponen un oficial o un policía a vigilarte en la esquina de tu casa o al frente de tu casa.

En una medida que contribuye a socavar aún más la transparencia del proceso judicial, las autoridades cubanas no proporcionan copias de las sentencias a los presos políticos ni a sus familiares. El derecho internacional establece que todas las sentencias deben ser públicas, aún en los casos de juicios a puertas cerradas.

Medidas arbitrarias por parte de fiscales y jueces

El juzgamiento de disidentes en juicios sumarios, celebrados a puertas cerradas, en un sistema destinado a criminalizar el disenso, expone a los disidentes a abusos generalizados durante el proceso judicial. Los disidentes entrevistados por Human Rights Watch informaron que los fiscales, jueces y defensores involucrados en sus casos habían adoptado medidas absolutamente arbitrarias, lo cual vulneró aún más su derecho a un juicio justo.

En seis casos investigados por Human Rights Watch, varios ex presos políticos y familiares de personas que se encuentran actualmente en prisión señalaron que los fiscales falsificaban las confesiones y otras pruebas.

Uno de estos casos es el de William Reyes Mir, un activista político de Holguín, quien fue acusado de “peligrosidad” en septiembre de 2007. Reyes afirmó que las autoridades falsificaron su firma en varias actas de advertencia por “conducta antisocial”.

Afirmó que estas advertencias habían sido la prueba principal en su contra durante el juicio, que duró menos de 15 minutos. Según Reyes:

Yo conocí al abogado en el momento en que me paré adelante del Tribunal.

En ese mismo momento, con un minutico que le dieron, me llamó y me preguntó: “¿Esas cartas de advertencia son tuyas? ¿Por qué tu firmaste?
Yo le dije: “Déjeme leerlas porque yo nunca las he visto”.

Cogí y las leí y le dije: “Estas cartas de advertencia no son mías. A mí nunca me las han leído ni me han dicho que yo firme una carta de advertencia que tenga estas cosas....

Entonces le dije: “Le voy a hacer la firma mía, hasta con los ojos cerrados como quiera sale igual porque yo firmo de una sola manera”.

Entonces se la hice, le comprobé como no era mi firma, le enseñé todo, incluso él vio hasta el carnet de identidad mío ... vio la firma cual era y vio que en verdad no era mi firma.... Uno ahí en el tribunal no se puede alterar, no puede discutir, tiene que callar porque entre más uno se defiende, entre más uno se mortifique, peor sale del juicio.

Reyes fue condenado a dos años de trabajo forzado por “peligrosidad”.

Los ex presos políticos señalaron reiteradamente que los jueces no permitían a sus abogados presentar pruebas que demostraran su inocencia.

Cuando Eduardo Pacheco Ortiz —un activista político y de derechos humanos de Matanzas— fue acusado de “peligrosidad” en enero de 2008, su esposa obtuvo más de 20 cartas de vecinos que declaraban que era un miembro destacado de la comunidad. Pacheco dijo que las cartas contradecían el argumento del fiscal de que era un alcohólico que representaba una amenaza para sus vecinos. Sin embargo, el juez se negó a admitir las cartas, señaló Pacheco. Fue condenado a tres años de prisión por “peligrosidad”.

En cuatro casos, los disidentes informaron a Human Rights Watch que los jueces les habían prohibido hablar durante todo el juicio. A su vez, tanto ex presos como familiares de personas que actualmente se encuentran en prisión informaron reiteradamente que los defensores oficiales no habían brindado una defensa legal adecuada. Víctor Yunier Fernández Martínez señaló que su abogado no hizo intento alguno por refutar los argumentos del fiscal durante su juicio por “peligrosidad” en 2006.

Como se indicó precedentemente, el abogado defensor del periodista Ramón Velásquez Toranzo ofreció una férrea defensa al comienzo de la audiencia sobre “peligrosidad”. Sin embargo, luego de ser llamado al despacho del juez durante el receso, se mantuvo en silencio durante el resto del juicio.

Casi una docena de ex presos políticos afirmaron que sus abogados les advirtieron expresamente que no impugnaran los cargos en su contra y que renunciaran al derecho de apelación para evitar una condena más larga. Por ejemplo, Rafael Meneses Cuco — un agricultor que criticó abiertamente las elecciones y fue condenado por “peligrosidad” en enero de 2008— indicó que su abogado designado por el estado le había advertido que, si apelaba, recibiría una condena más severa. Como resultado, señaló, decidió no apelar su sentencia de dos años de trabajo forzado en una plantación de azúcar.

 
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte I
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte II
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte III
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte IV
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte V
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte VI
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte VII
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte VIII
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte IX
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte X
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