El Veraz  
El Veraz en Youtube
Portada
Audio y Video
Raíces
Los 10+
La otra Cara
Documentos
Estadísticas
Victimas Cubanas
Cartas de Cuba
Galería de Cuba
La del Turista
La del Cubano
Rostros Cubanos
Nostalgia Cubana
Los Interpretes
Galería de Puerto Rico
Isla del Encanto
Sitios de Puerto Rico
Búsqueda
Buscar en ¨El Veraz¨
Sitios de Cuba
Prensa internacional
Artículos anteriores
Artículos anteriores
Divulgue la verdad
Imprimir Articulo  
Envie Articulo  
A Favoritos  
| Semanario El Veraz | San Juan, Puerto Rico | |
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Parte XII

Human Rights Watch

Problemas de salud y tratamiento médico insuficiente

El Código Penal de Cuba garantiza a todas las personas detenidas el derecho a recibir asistencia médica en caso de necesidad, pero, según los presos políticos, se les negaba sistemáticamente tratamiento para atender problemas médicos graves, muchos de los cuales surgían durante sus prolongados encarcelamientos.

También manifestaron que no se monitoreaban ni corregían las deficientes condiciones carcelarias—que causaban y luego agravaban los problemas de salud en cuestión—, como lo exigen las normas internacionales.

En especial, relataron que, como castigo por sus actividades “contrarrevolucionarias” anteriores o por expresar su disenso dentro de la cárcel, se les negaba tratamiento médico.

Conforme al derecho internacional de los derechos humanos, los presos, como todas las demás personas, tienen derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud, lo cual significa que las autoridades penitenciarias deberían adoptar medidas prácticas para proteger la integridad física y la salud de las personas que han sido privadas de su libertad.

No proporcionar atención de la salud o tratamiento médico suficientes a una persona detenida en la cárcel puede contribuir a generar condiciones equivalentes al trato inhumano o degradante.

Los estados tienen la obligación de velar por el acceso a establecimientos, bienes y servicios de salud de todas las personas, incluidos los presos, sin discriminarlos por su situación política ni por ningún otro motivo. Los gobiernos también tienen la obligación de “[abstenerse] de denegar o limitar el acceso igual de todas las personas, incluidos los presos o detenidos a los servicios de salud preventivos, curativos y paliativos”, y de abstenerse de “imponer prácticas discriminatorias como políticas de Estado”.

Todos los ex presos políticos y familiares de personas que actualmente se encuentran en prisión con quienes hemos hablado expresaron que los detenidos sufrían afecciones de salud graves como consecuencia de las deficientes condiciones carcelarias, y que el tratamiento médico era inadecuado o inexistente. El Dr. Alfredo Pulido López era un hombre saludable de 43 años cuando fue arrestado durante la ola represiva de marzo de 2003 y condenado a 14 años de prisión por escribir artículos en los cuales criticaba al gobierno cubano. Según su esposa, Rebeca Rodríguez Souto, en agosto de 2004, Pulido comenzó a experimentar afecciones estomacales y a manifestar los primeros signos de una osteoporosis.

En los meses siguientes, experimentó sus primeras migrañas, una pérdida de peso significativa, hipoglucemia y problemas de ansiedad. Con el tiempo, los problemas incrementaron. Pulido se había graduado como dentista, pero durante el segundo año de su detención, comenzó a perder los dientes debido a la malnutrición y a la falta de cuidado dental. Según su esposa, los exámenes médicos eran poco frecuentes e insuficientes, y en reiteradas oportunidades los médicos no prescribieron tratamientos efectivos para las afecciones de Pulido. Luego aparecieron los problemas hepáticos y el insomnio, y comenzó a sufrir un rápido deterioro de la vista, contó Rodríguez. Al mes de octubre de 2009, Pulido aún estaba detenido en la cárcel Kilo 7, en Camagüey, con 17 problemas de salud crónicos diferentes.

Decenas de ex presos políticos y familiares de personas que actualmente se encuentran en prisión por motivos políticos cuentan que a los internos no se les realizan exámenes médicos aunque presenten enfermedades graves. Alexander Santos Hernández, un activista político y defensor de derechos humanos de Holguín, expresó que poco después de ser enviado a la cárcel Cuba Sí!, en Holguín, en 2006, por “peligrosidad”, su rostro se llenó de dolorosas pústulas. Nunca antes había experimentado esta afección, por lo cual la atribuía a las deficientes condiciones sanitarias y de higiene, y al agua contaminada de la cárcel.

Contó que en reiteradas oportunidades pidió ver a un médico, pero los funcionarios penitenciarios ignoraron sus pedidos. Como no tenía otra opción y sentía mucho dolor,
decidió iniciar una huelga de hambre para exigir que le realizaran un examen médico.

Las autoridades penitenciarias sólo le permitieron ver a un médico después de 23 días de haber estado en huelga de hambre, relata Santos.

Julio Antonio Valdez Guevara, uno de los 75 presos políticos arrestados en 2003, contó que a los pocos meses de haber sido encarcelado comenzó a sufrir serios problemas renales.

Relató a Human Rights Watch que en enero de 2004 experimentó una grave reacción adversa a una inyección que le dieron en la cárcel Canaleta, en Matanzas:

Yo estuve convulsionando y un doctor le dice a otro: “Él está muy mal, corazón dilatado y la presión en 200 y pico. Corre riesgo para su vida, hay que pasarlo a un hospital”. Y dijo el jefe, “Tú sabes que él no es un preso cualquiera, hasta que yo no tenga autorización de La Habana, no lo puedo mover”.

Valdez Guevara expresó que, a pesar de su condición crítica y del consejo del médico de la cárcel, lo enviaron de vuelta a su celda, donde su condición empeoró y sufrió intensos dolores.

No brindar atención médica en forma oportuna puede constituir trato inhumano o degradante, ya que ello agrava innecesariamente el sufrimiento de los presos.

A pesar de que existen señales que indican que las condiciones carcelarias agravan las enfermedades de todos los presos, ni los médicos ni los funcionarios penitenciarios se preocupan por mejorar las condiciones perjudiciales ni por trasladar a los presos a establecimientos donde haya menos posibilidades de que se agraven sus enfermedades.

Esta falta de supervisión es contraria a lo establecido en las normas internacionales, en virtud de las cuales los funcionarios médicos carcelarios deben informar sobre los casos en que la salud de los presos se verá perjudicada si se prolonga su reclusión; los funcionarios médicos deben inspeccionar las cárceles periódicamente y avisar a los funcionarios penitenciarios acerca de cualquier condición deficiente; y los funcionarios penitenciarios deben adoptar medidas para solucionar estas deficiencias.

La combinación de falta de tratamiento y subsistencia de estas condiciones, que describen los testimonios recogidos por Human Rights Watch, sugiere una indiferencia deliberada hacia la salud de los presos.

Según las normas internacionales, debe dejarse debida constancia en los registros de los exámenes médicos a los cuales una persona detenida ha sido sometida, y se deberá garantizar el acceso de los reclusos a esos registros.

No obstante, los presos políticos y sus familiares manifestaron que se les negó el acceso a la información sobre su salud. Si bien tales registros no deben ser divulgados a los familiares sin el consentimiento previo de los pacientes, nuestras entrevistas confirmaron que el problema no era el consentimiento.

Los presos políticos manifestaron que solicitaron información médica en reiteradas oportunidades para sí y para sus familias, y que esta les fue negada. La falta de información se suma a la ya difícil situación emocional de los familiares, que se encuentran desinformados e indefensos mientras ven desmejorar la salud de un ser querido.

Ariel Sigler Amaya, boxeador y preparador físico, estaba en excelente estado físico cuando fue arrestado durante la ola represiva de marzo de 2003. Amaya, líder de un grupo político no oficial, fue condenado junto con su hermano, Guido Sigler Amaya, a 20 años de prisión por “actos contra la protección de la independencia nacional y la economía de Cuba”.

En el 2009, contó, sus enfermedades incluían “gastritis crónica, enfisema pulmonar, faringitis crónica, una bacteria ... [y] cálculos en la vesícula biliar”.

Ariel, que ha sido trasladado, por lo menos, a cuatro cárceles distintas y dos hospitales militares, a los 47 años, ya no puede caminar y está confinado a una silla de ruedas. “No tiene sensibilidad en las piernas —están tan delgadas que se le pueden ver los huesos”, expresó su hermano, Juan Francisco Sigler Amaya, luego de una visita que le realizó en febrero de 2009 en el hospital militar en donde estaba detenido Ariel. “No tiene movilidad en los hombros ni en los brazos. Ha bajado más de 100 libras... Está irreconocible”.

A pesar del deteriorado estado de Ariel, sus familiares contaron que se les negó sistemáticamente información sobre su salud. Según su hermano, no se les permitió reunirse con los médicos ni ver sus registros médicos. Por lo tanto, la familia de Ariel y unas pocas personas que manifestaron su apoyo realizaron una demostración pacífica el 18 de febrero de 2009, fuera del hospital en donde lo estaban tratando, para exigir que se le realizara un examen médico completo y que se informaran los resultados al paciente y a su familia. Según su hermano, la demostración fue dispersada por la fuerza por agentes de seguridad del gobierno, quienes golpearon a la esposa de Ariel y a su hijo de 15 años sin que hubiera mediado ningún tipo de provocación de su parte.

Acoso y golpizas

Human Rights Watch documentó decenas de casos en los cuales los presos políticos fueron objeto de abuso físico, hostigamiento y humillación por parte de funcionarios penitenciarios.

A estas agresiones, a menudo se sumaba la posterior negativa de las autoridades carcelarias a brindar tratamiento médico a las víctimas. Este trato viola directamente las leyes cubanas, que establecen que “el sancionado no puede ser objeto de castigos corporales ni es admisible emplear contra él medida alguna que signifique humillación o que redunde en menoscabo de su dignidad”.

También viola la Declaración Universal de los Derechos Humanos y otras normas internacionales que prohíben el uso de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

El preso político Normando Hernández González le contó a su esposa que en marzo de 2006, sin que hubiera mediado ningún tipo de provocación, el “reeducador” de la cárcel Kilo 5½ en Pinar del Río le torció el brazo detrás de la espalda, lo golpeó en las piernas por detrás y lo arrojó por las escaleras. Hernández relató que, después, fue sometido a reclusión en régimen de aislamiento durante siete días y se le negó atención médica para tratar las lesiones que había sufrido durante la caída.

Hernández, periodista, está cumpliendo una condena de 25 años de prisión por “actos contra la protección de la independencia nacional y la economía de Cuba”.


Raymundo Perdigón Brito, otro periodista, recibió varias golpizas por parte de los guardias en enero y febrero de 2008, por quejarse por las condiciones de la cárcel Nieves Morejón en Sancti Spíritus, según cuenta su hermana. Perdigón fue condenado a cuatro años de prisión por “peligrosidad” en diciembre de 2006. Su hermana le dijo a Human Rights Watch que en uno de los incidentes los guardias lo llevaron “con las manos esposadas... a un lugar conocido como el “Túnel”, y lo golpe[aron] salvajemente. Quedo desmayado, [y] lo llevaron a celda de castigo por diez días”.263 En 2006, las autoridades penitenciarias de la cárcel Guanajal, en Villa Clara, dieron una golpiza al disidente Iván Hernández Carrillo mientras lo llamaban “negro mono” (Hernández es afrocubano). Dos años más tarde, el jefe interno de la misma cárcel le dijo a Hernández que él controlaba a todos los presos comunes, y que ellos harían aquello que él les dijera, incluso atacar a Hernández.

El abuso no se limita únicamente a agresiones físicas. Varios presos políticos contaron que se les obligó a realizar actos degradantes, y que fueron objeto de abuso verbal y psicológico.

El periodista Alfredo Pulido López relató que, en 2008, los guardias de la cárcel Kilo 7, en Camagüey, le sacaron la ropa y lo obligaron a caminar desnudo por el pasillo entre las celdas de los presos, mientras las autoridades hacían bromas groseras sobre su esposa.

Reclusión en régimen de aislamiento

Las autoridades penitenciarias suelen someter a los presos políticos a reclusión en régimen de aislamiento, ya sea en forma arbitraria o como medio para reprender a quienes disienten con el sistema carcelario.

Según las normas internacionales, “[las] penas corporales, encierro en celda oscura, así como toda sanción cruel, inhumana o degradante quedarán completamente prohibidas” y los expertos han llegado a la conclusión de que ser sometido a reclusión en régimen de aislamiento durante períodos prolongados puede ser equivalente a un trato cruel, inhumano o degradante, o a tortura.

La reclusión en régimen de aislamiento es perjudicial para la salud física y mental. Por ello, las normas internacionales exigen que “sólo [se emplee] en circunstancias extraordinarias o cuando sea absolutamente necesario”, y que sea por el período más breve posible.

Sin embargo, casi todos los presos políticos entrevistados por Human Rights Watch manifestaron que en algún momento de su detención fueron sometidos a reclusión en
régimen de aislamiento. Describieron celdas minúsculas, desprovistas de todo, sin camas donde dormir —algunas totalmente oscuras, otras con luces brillantes permanentemente encendidas— en las cuales se les privaba de todo contacto humano. Afirmaron que se les negaban una y otra vez las visitas de profesionales médicos, lo cual constituye otra violación de las normas internacionales, y que, cada tanto, se les proporcionaba alimento en mal estado e insuficiente.


Desde 2006 a 2009, el activista político Víctor Yunier Fernández Martínez estuvo preso en la cárcel 1580, en La Habana, y en la cárcel Canaleta, en Ciego de Ávila, donde, según él, las autoridades lo sometieron en reiteradas oportunidades a reclusión en régimen de aislamiento durante días, semanas e incluso meses, como castigo por sus actos de disenso, que incluían criticar abiertamente al gobierno cubano y participar en huelgas de hambre. Le dijo a Human Rights Watch:

Las celdas tienen metro o metro y medio de ancho por dos metros de largo. Uno duerme por el día encima de un banco de cemento, y por la noche te dan un colchón, el cual retiran al siguiente día entrando la mañana. Ahí uno no puede tener ningún tipo de pertenencias, [y] el alimento de la celda es pésimo.... Algunas celdas tienen una pequeña ventana alta, otras no. Algunas celdas tienen luz, otras no.

En enero de 2007, el periodista Ramón Velásquez Toranzo fue condenado a tres años de prisión por “peligrosidad” y llevado a la cárcel provincial El Típico, en Las Tunas. Según su hija, fue recluido de inmediato en régimen de aislamiento por negarse a comer. Su hija cuenta que le sacaron la ropa y lo metieron en una celda diminuta, que se inundaba cuando llovía y que no tenía cama donde dormir. En otro caso, Yordis García Fournier, según relata su hermano, pasó tres meses seguidos recluido en régimen de aislamiento desde que fue condenado en septiembre de 2008 por negarse a colaborar con las autoridades de la cárcel.

El preso político Manuel Vázquez Portal contó que fue recluido en régimen de aislamiento en cuanto llegó a la cárcel Boniato, en Santiago de Cuba, en 2003. Describió las condiciones de esta manera:

[Las] celdas de castigo [miden] un [metro de ancho] por dos metros de largo, con una litera hecha de tabilla corrugada con [un] tablón de madera prensado de bagazo de caña [y una] colchoneta de guata sucia y vieja. No nos dieron sabanas, [ni] toallas....

No había agua, solo un retrete turco con peste nauseabunda. Había una ventana abierta con barrotes de una pulgada de diámetro. Entraba todo: lluvia, ... insectos roedores, ratas. Permanecí [ahí] desde el 25 de abril hasta el 1 de septiembre, cuando hice la primera huelga de hambre. No [había] acceso médico.... Todos adquiríamos enfermedades de pulmones [y en la] piel.

Según Vázquez, otros seis presos políticos que llegaron a la cárcel de Boniato al mismo tiempo —que también habían sido condenados en la ola represiva de 2003— fueron sometidos a reclusión en régimen de aislamiento de inmediato. Uno de ellos era Pedro Pablo Álvarez Ramos —un sindicalista que dirigía un sindicato pequeño no reconocido—, quien describió las mismas condiciones que Vázquez Portal

 
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte I
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte II
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte III
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte IV
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte V
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte VI
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte VII
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte VIII
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte IX
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte X
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte XI
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte XII
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte XIII
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte XIV
Cuba: Leyes mas crueles que Verdugos. Primera parte XV

Inicio | Puerto Rico | Cuba | Internacionales | La otra Cara | Cartas de Cuba | Conózcanos
© Fecha de Fundación 30 de Julio 2003 El Veraz - Derechos Reservados